viernes, 16 de agosto de 2013

RESPUESTA DE LA ALIANZA CRISTIANA AL ARZOBISPADO DE LA IGLESIA CATÓLICA DE CUBA




El arzobispado de la Iglesia Católica de Cuba a través de su revista “Espacio Laical” , se promulga en contra de “Ley de Cultos y Asociaciones” promovida por la Alianza Cristiana en Cuba´.
El editor y firmante de la publicación, el abogado Roberto Veiga expresa: "Sería más conveniente establecer dichas condiciones a través de convenios jurídicos entre el Estado y cada religión".
Si el arzobispado de la Iglesia Católica de Cuba hubiera presentado oficialmente ante la Asamblea Nacional del Poder Popular una propuesta como lo ha hecho la Alianza de Religiones de Cuba, contribuirían  con su iniciativa en la realización de un proyecto de ley serio. Pero una opinión a través de una revista que representa solamente los intereses de la Iglesia Católica y donde los trabajos firmados expresan solo la opinión de sus autores, no es el sitio idóneo para emitir un juicio tan enfermizo sobre la propuesta de Ley de Cultos como el que el Lic. Veiga expresó: "establecería una igualdad rígida y endeble y por tanto poco justa al tratar de fijar un denominador común para todas las religiones".

El Proyecto de Ley de Cultos y Asociaciones Religiosas surgió por un propósito Divino y como una necesidad para el pueblo de Cuba puesta en el corazón de pastores y siervos de diferentes confesiones religiosas que funcionan de forma legal y otras sin amparo jurídico, ya que en la República de Cuba  en materia de libertad religiosa no existe ninguna Ley al efecto.
                                  
Los motivos que dieron origen a este proyecto fueron las restricciones en materia de libertad religiosa y la posibilidad de solicitar, a través de propuestas, cambios en las leyes que garanticen y respeten una Ley de separación de las instituciones religiosas del Estado y la promulgación en forma de una Ley de Cultos y Asociaciones Religiosas donde se establezcan las disposiciones siguientes:

1.         El derecho a la libertad de conciencia y de culto religioso.
2.         El derecho a la libertad de organización de las distintas confesiones.
3.         El derecho al no reconocimiento de una sola  religión oficial.
4.         El derecho a la igualdad jurídica.
5.         El derecho a la libertad de manifestación de las confesiones religiosas
           en el ámbito público.   
6.         El derecho a la libertad de la enseñanza religiosa.
7.         El derecho a la colaboración y cooperación: Estado- Iglesia –Sociedad.
8.         El derecho a la propiedad.
9.         El derecho al servicio religioso en los centros penitenciarios.


Rev. Manuel Alberto Morejón Soler.
Teléfono: 537 833 5467
Móvil: 053 31 64 41

El Proyecto está expuesto en el blog:



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