martes, 12 de febrero de 2013

REGULACIONES PARA LA APROBACION DE LICENCIAS A INSTUTUCIONES RELIGIOSAS


IMPORTANTE:
Es extremadamente iomportante para todos los pastores que no tienen legalizadas sus iglesias, aplicar el procedimiento de legalización ante el Ministerio de Justicia,pues si este no aprueba la solicitud entonces tenemos a nuestro favor todo el derecho moral para realizar nuestras actividades públicas. Además obtendremos el apoyo de las organizaciones mundiales si se cometiera la abitrariedad de no reconocernos legalmente, pero antes hay que agotar el procedimiento. 
A continuación se exponen las "Regulaciones para la Aprobación de Licencias a Instituciones Religiosa" elaboradas por el Abogado independiente Dr. René López Benites editor del blog "Referencias Jurídicas"  http://referenciajuridica.wordpress.com/

Publicado por referencia juridica en 24 enero, 2013

La Ley No. 54, Ley de Asociaciones, de 27 de diciembre de 1985, en su Disposición Transitoria Quinta, establece que el Ministerio de Justicia, a través del Registro de Asociaciones Nacionales, “atiende con carácter general y hasta tanto se dicte la legislación específica sobre la materia, las cuestiones legales relacionadas con las instituciones eclesiásticas, religiosas y las basadas en el credo religioso  de sus integrantes o relacionadas directamente con las expresadas instituciones”.
Desde la promulgación de la cuestionada Ley de Asociaciones en el año 1985,  totalmente desfasada en el tiempo y ante la ausencia de una Ley de Cultos y de un  Reglamento que disponga los procedimientos que se deriven de la misma, por lo cual las disposiciones de carácter administrativo afectan sustancialmente los derechos y obligaciones de las instituciones objeto de análisis, el Ministro de Justicia dictó procedimientos para allanar el vacío, estos procedimientos se refieren a:
Resolución No. 43-2005  “Procedimientos para la tramitación de solicitudes de reparaciones, ampliaciones e inicio de inversiones nuevas de los inmuebles, locales o terrenos que ocupan instituciones  eclesiásticas, religiosas y las basadas en el credo religioso de sus integrantes”.
Resolución No. 44-2005   “Metodología para la realización de inspecciones a las Asociaciones”.
Resolución No. 46-2005 “Indicaciones para la solicitud, tramitación y autorización para celebrar cultos en viviendas de propiedad personal”.
 Teniendo en cuenta que estas Resoluciones Ministeriales se dispusieron tambien con  carácter provisional  (2005) y al paso de siete años no se dispone de un procedimiento definitivo,  la incapacidad de la administración de justicia de hacer efectiva la divulgación de la legislación, el  desconocimiento de estos procedimientos por parte de los representantes de instituciones religiosas, atentan contra el normal funcionamiento   y cumplimiento de lo establecido,  por lo que se transcriben los fundamentos más importantes de las normas procesales, con la pretension que este articulo llegue a los interesados, para que dominen sus derechos y obligaciones. 
 En los últimos años la proliferación de instituciones religiosas al margen de la Ley, que en la práctica internacional  requieren  licencias, en el caso específico de Cuba,  y ante la imposibilidad de lograr inmuebles, las  viviendas de propiedad personal se constituyen como CASA-CULTO, por lo que hace más específica la concurrencia de elementos a controlar por las autoridades, algunas de estas instituciones se vinculan a organizaciones de la sociedad civil independientes (opositoras) para lograr algún apoyo en el reconocimiento exterior, ante la negativa gubernamental de otorgar la autorización y licencias.

El gobierno ha utilizado el fundamento del reconocimiento de instituciones religiosas para que estas  apoyen  las políticas del gobierno y del partido, como las demandas para la liberación de los cinco cubanos presos en Estados Unidos, el apoyo a instrumentos legales relacionados con el fin del embargo económico y los consiguientes reclamos de indemnización por los daños causados contra la economía nacional, desestimar informes de la sociedad civil independiente sobre violaciones en materia  de derechos humanos y democracia en el país,  etc,  una vez al año las instituciones religiosas reconocidas por la oficialidad se reúnen con el Vicepresidente del Consejo de Estado  y Miembro del Buró Político Esteban Lazo Hernández  para trasladarle indicaciones oficiales.
 Los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia publicaron en el sitio oficial en Internet de la Cancillería,  la Guía de Asociaciones Religiosas reconocidas por el gobierno cubano, con un breve análisis detallado de las características fundamentales de cada una de ellas.
 Se impone, en el curso del próximo periodo legislativo (2013-2018) se disponga  la  derogación de la vigente Ley No. 54 y la adopción de un nuevo texto legal atemperado en las condiciones actuales de la sociedad cubana, así como su Reglamento y las demás normas complementarias, priorizar  la promulgación de la Ley de Cultos, tal y como en el 2005 expresó  el Ministro de Justicia ante la ausencia de normativas legales sobre el particular,  al paso de doce años se mantiene la misma situación sin que se avizore la solución al conflicto.
 ANEXO – INDICATIVOS LEGALES  VIGENTES
 Resolución No. 43-2005   Solicitudes de reparaciones, ampliaciones e inicio de obras nuevas de los inmuebles, locales o terrenos que ocupan las instituciones eclesiásticas, religiosas y las basadas en el credo religioso de sus integrantes o relacionados directamente con las expresadas instituciones, estas se tramitan directamente con la Dirección de Asociaciones del Ministerio de Justicia y por las Direcciones de Justicia de los Consejos de la Administración Provinciales y del Municipio Especial Isla de la Juventud, antes de iniciar los restantes trámites necesarios para obtener los permisos, autorización y aprobación establecidos en la legislación, las instituciones que tengan reconocimiento de asociación, tramitarán sus solicitudes a través de sus órganos de relaciones.
En todos los casos, las solicitudes para  la ejecución de reparaciones menores, se tramitarán ante las Direcciones de Justicia de los Consejos de la Administración Provinciales o del Municipio especial isla de la juventud.
La Directora de Asociaciones del Ministerio de Justicia quedó en la obligación de instruir a los funcionarios actuantes en lo referente al formulario  de la documentación y tramitación de estos para la radicación y sustanciación de las solicitudes en cuestión.
La Resolución Ministerial no expresa que toda documentación conlleva la obligatoriedad de trasladar los expedientes incoados, ante la Oficina de Asuntos Religiosos del Comité Central del Partido Comunista de Cuba, la que dictaminará sobre la aprobación  o la negativa de la autorización. En el trámite de la solicitud se le da traslado a la Seguridad del Estado para que se pronuncie sobre el particular.
 Resolución No. 44-2005  Metodología para la realización de inspecciones a las Asociaciones.
 GENERALIDADES
La realización de las inspecciones a las asociaciones religiosas tiene el objetivo de comprobar el cumplimiento, por parte de estas de lo previsto por la Ley No 54, Ley de Asociaciones y su Reglamento-Resolución No. 53 del Ministro de Justicia, así como de las Normas de Relaciones suscitas en los respectivos Órganos de Relaciones, y las demás disposiciones vigentes que resulten de la aplicación, además de las de los Reglamentos y Estatutos de las Asociaciones.
Las inspecciones se practican por los Departamentos de Asociaciones de las Direcciones Provinciales de Justicia y del Municipio Especial Isla de la Juventud, y por la Dirección de Asociaciones del Ministerio de Justicia, de acuerdo con los planes de trabajo anuales aprobados, sin perjuicio de que puedan efectuarse otras, que por razones específicas se consideren necesarias, previa con la Dirección de Asociaciones.
La inspección se realiza respecto al año natural previo la fecha de su ejecución, contando a partir del último día del mes a la inspección. En caso necesario, pueden tomarse solo algunos meses de ese período. Si la Asociación ha sido anteriormente antes  inspeccionada, el período de un año se cuenta a partir de la fecha de la última inspección.
El funcionario encargado de realizar la inspección le comunica por escrito a la directiva de la asociación la fecha en que se practicará aquella, con no menos de 10 días hábiles de antelación.
En todas las inspecciones tienen que estar presente el Presidente, Secretario y el  Tesorero de la asociación o quienes los sustituyan reglamentaria o estatutariamente,
  PREPARACION PARA LA INSPECCION
El funcionario encargado de realizar una inspección tiene la obligación de estudiar previamente el expediente de la asociación,  en especial, el Reglamento o Estatutos, en su caso las Normas de Relaciones y otros particulares de interés para la inspección,
Asimismo, comprueba si se han remitido las informaciones que establece el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Asociaciones con la periodicidad debida, así como otros documentos de interés que contenga el referido expediente.
 OBJETIVOS DE LA INSPECCION
Libro del Registro de Asociados:
Se observa si se encuentra habilitado  ante Notario, o en su caso por el Ministerio del Interior, verificando que se anotan los datos establecidos en el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Asociaciones.
Se constará si se consignan los datos referidos a los cargos administrativos, de gobierno o de representación de la asociación.
Se verifica la cantidad de miembros con que cuenta la asociación en el momento de la inspección y si se reflejan en el libro las altas y bajas que se hayan producido en el período
Se comprueban que los asociados inscritos  sean cubanos o extranjeros residentes permanentemente en el territorio nacional.
 Libros de Actas,
Se comprueba si el Libro de actas está habilitado por Notario
Se verifican los particulares siguientes¨
Actas de las reuniones o sesiones, tanto de la Junta Directiva como de la Junta General de asociados,
Cumplimiento del Orden del Día Propuesto Verificación del quórum requerido para la celebración de las  reuniones,
Relación de acuerdos adoptados en la reunión, si están numerados                                  en forma consecutiva, iniciando con el número de cada año.
Correspondencia de los acuerdos con lo estipulado en el Reglamento o en la legislación vigente en materia de asociaciones.
Firma de las actas por los directivos facultados para ello.
 Libro de Registro de Ingresos y Gastos
Se consta que el libro esté habilitado ante Notario,
Se comprueban los particulares siguientes:
Comprobantes y libramientos de pago de los gastos en que ha  incurrido la asociación, y si constan facturas o vales que lo  justifiquen,
Documentos justificativos que acrediten los ingresos que reciben.
Órdenes de Pago, libramientos o comprobantes firmados por los directivos facultados para ello
Utilización de los fondos para actividades ajenas o contrarias a los intereses sociales o los fines para los cuales fue creada la asociación,
Desglose de precios, artículos y cantidades en los documentos que justifiquen los pagos,
Existencia  de gastos no presupuestados sin previo Acuerdo de la  Junta Directiva, Diferencias entre las anotaciones en los  libros y los balances emitidos periódicamente,
Asientos en el libro de ingresos y gastos, con expresión de la  procedencia de los primeros y la inversión de los segundos,
Mantenimiento, en la sede social, fondos en cuantía superior a lo previsto en las normas reglamentarias,
Ejecución de gastos no contemplados en el presupuesto anual,
Saldos en libros,
Cobro de la cotización en la cuantía fijada en sus normas internas,
Períodos de depósitos bancarios,
Control de las donaciones en el libro de ingresos y gastos en forma separada y las solicitudes para su realización y la aprobación de la autoridad competente,
Asientos en los libros de las cuotas en moneda libremente convertibles o en pesos cubanos convertibles y si estas se controlan,
Emisión de cheques en blanco,
Remisión al banco de las firmas autorizadas para operar las cuentas bancarias al vencimiento de cada mandato,
Cumplimiento del pago, en término, de los impuestos establecidos cuando corresponda.
En el acta de inspección se consigna el número de la Agencia Bancaria donde tienen depositado los fondos, el número de la cuenta que le  corresponde y el saldo al momento de la inspección.
 LIBRO DE INVENTARIO
Se constará que el libro está habilitado ante Notario.
Se comprueban los particulares siguientes:
Actualización del registro de entrada y bajas de sus bienes patrimoniales,
Tasación o evaluación de sus bienes patrimoniales,
Acreditación de la procedencia de los bienes adquiridos y el destino de los que causan baja,

CUMPLIMIENTO DEL REGISTRO DE ENVIO DE DOCUMENTOSD E INFORMES  AL REGISTRO DE ASOCIACIONES:
De acuerdo con los datos obtenidos en el estudio del expediente, se verifica si los documentos que la asociación viene obligada a remitir al Registro de Asociaciones en el cumplimiento de lo regulado por el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Asociaciones, han sido enviados con la periodicidad que se establece.
 CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE RELACIONES:
Se comprueba si la asociación cuenta con un ejemplar de las Normas de Relaciones debidamente firmado,
Se verifica si lo pactado en las Normas de Relaciones se cumple por ambas partes de conformidad con lo acordado,
Se informa si el Órgano de Relaciones ha designado una Unidad Organizadora, un área de trabajo o un funcionario para la atención a la  Asociación y si esto se cumple sistemáticamente.
 ACTIVIDAD COMERCIAL:
Se determina si la asociación realiza actividad comercial. En caso afirmativo se comprueban los particulares siguientes:
Autorización del Órgano de Relaciones para realizar esas actividades,
Correspondencia de la autorización concedida con los fines y objetivos de la asociación,
Licencia comercial expedida por el Registro Comercial, vigencia y correspondencia con las actividades que realizan,
Tipo de moneda en que se expidió la licencia comercial y si posee cuentan bancarias en esas monedas,
 OTROS ASPECTOS A VERIFICAR:
En las inspecciones se verifican también los particulares siguientes:
Tenencia de los estatutos vigentes,
Correspondencia de la dirección de la sede social,
Cuidado, custodia y conservación de la información,
Publicaciones con que cuenta y si están debidamente inscriptas en registro correspondiente,
Recepción de donaciones y si estas son del conocimiento del Órgano de Relaciones,
Ejecución de proyectos de colaboración y correspondencia con lo previsto en los estatutos o reglamentos internos, así como la forma en que controlan la asociación,
Fuerza de trabajo empleada,
Otros que puedan resultar  de interés
 EVALUACION DE LA INSPECCION:
Concluida la inspección se realiza la evaluación de la que se deja constancia en acta, contentiva de los datos siguientes:
Nombre de la asociación,
Número del expediente, tomo y folio y Registro donde consta la inscripción,
Dirección de la sede social,
Clasificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley de Asociaciones,
Fecha y hora en que se realiza la inspección,
Nombres y apellidos de los funcionarios que realizan la inspección y cargos que ocupan,
Nombres y apellidos de los directivos presentes en la inspección y cargos que ostentan,
En el acta se incluye un análisis de todos los aspectos inspeccionados, destacando lo más relevante en cada uno de ellos, así como cualquier otro extremo de interés
Se otorga una evaluación final en correspondencia con los resultados obtenidos, la que se califica de satisfactorio, regular, deficiente y muy deficiente.
El funcionario que realiza la inspección deja establecido un Plan de Medidas para subsanar las deficiencias detectadas, donde se indica la fecha de cumplimiento de cada una,
Si se trata de una reinspección se especifica si se cumplió el Plan de Medidas de la inspección anterior,
El funcionario que realiza la inspección entrega a los directivos el acta, la que se suscribe con aquellos, el funcionario advierte  que los directivos pueden dejar constancia en el acta de sus opiniones respecto a los resultados obtenidos en la inspección,
El original del acta de inspección se remite a la Dirección de asociaciones, dentro de los 20 días posteriores a la fecha a la fecha en que se efectuó, cuando la inspección se realiza por el Departamento de Asociaciones respectivas. Una copia del acta se entrega a la Directiva de la asociación inspeccionada, otra al Órgano de Relaciones y otra se conserva en el expediente de la asociación.
 Resolución No. 46-2005,  Indicaciones para la solicitud, tramitación y autorización para celebrar cultos en viviendas de propiedad personal.
 AUTORIZACION:
Puede autorizar la realización de cultos en viviendas de propiedad personal el Departamento de Asociaciones de las Direcciones Provinciales de Justicia.
En las Direcciones Provinciales de Justicia que aún no tenga constituido el  Departamento de Asociaciones y en el Municipio Especial isla de la Juventud, la autorización la emite el Registro de Asociaciones.
Son requisitos para solicitar y mantener la autorización para la celebración de cultos en viviendas de propiedad personal:
Que los cultos se realicen tres (3) veces a la semana en los siguientes horarios
A partir de las 5.00pm y hasta las 10.00pm en los días laborables
A partir de las 9.00am y hasta las 10.00pm los sábados y domingos y días no laborables
Durante la celebración de los cultos, como Semana Santa, Pentecostés u otras, la autoridad que disponga el permiso, la puede ampliar los días para la celebración de los cultos en estos períodos, previa la solicitud de los interesados.
La utilización de micrófonos u otros equipos de amplificación será moderadamente, cuando, por la cantidad de participantes, resulte imprescindible  para la realización del culto sin que se perturbe la tranquilidad de los vecinos.
Se informará de inmediato a la autoridad competente el abandono de la vivienda por su titular, su desvinculación con la institución religiosa o su  fallecimiento.
No se colocarán banderas, carteles, anuncios, tarjas o cualquier tipo de de señalización que identifique la vivienda particular autorizada para la realización de cultos, excepto las que disponga el Ministerio de Justicia.
La autorización para la celebración de cultos en viviendas de propiedad personal tiene siempre carácter temporal.
Excepcionalmente, y cuando no existan edificaciones de otro tipo, se concede la autorización para la celebración de cultos religiosos en viviendas de propiedad personal que se encuentren en edificios multifamiliares.
La realización de cultos por personas de otros países, requiere de la autorización previa de los facultados.
No se autoriza la realización de cultos religiosos en viviendas de propiedad personal que se encuentren  a menos de (2) dos kilómetros de distancias entre ellas, en zonas urbanas. Tampoco se autoriza su realización en azoteas o áreas que queden fuera de la construcción principal del inmueble que no tengan las condiciones necesarias para ello.
La remodelación de las viviendas de propiedad personal en las que se hubiere autorizado la celebración de cultos religiosos requiere de la previa aprobación de la Dirección Provincial de Justicia o del Municipio Especial isla de la juventud, antes de comenzar la tramitación de los permisos y licencias que correspondan  para la aprobación ante las autoridades competentes.
 DE LA SOLICITUD:
La solicitud de autorización para la celebración de cultos en vivienda de propiedad personal se presenta por escrito a la Dirección  Provincial de Justicia, en original y copia, firmado por el Presidente Provincial,  Delegado o Representante de la institución religiosa previamente con el visto bueno del Representante Nacional de esta.
En el escrito al que se refiere en el apartado anterior, se expresan los siguientes  particulares:
Dirección de la vivienda en la que se pretende celebrar los cultos religiosos,
Generales del titular de la vivienda. Si la vivienda estuviera sujeta cualquier forma de copropiedad, se expresarán las generales de todos los copropietarios,
Relación de los convivientes en el inmueble, con expresión de la edad,
El consentimiento del titular de la vivienda, suscrito, suscrito con su firma, para la celebración del culto religioso y la constancia de que esto no perjudica el normal  desarrollo de la familia,
Días y horarios que se pretende celebrar el culto religioso,
Cantidad de miembros de la institución religiosa que deben asistir a la celebración del culto,
Nombres y apellidos del pastor o auxiliar que se responsabiliza con la celebración de  los cultos, así como el lugar de residencia. Asimismo se expresa  si su formación es teórica o empírica y el tiempo que  lleva ejerciendo, lo que se acredita con  certificación emitida por la institución religiosa, la que se acompaña al escrito de promoción.
A ese  escrito se acompaña, asimismo copia del título de propiedad de la vivienda, el original de este se muestra al momento de presentar la solicitud. La presentación es personal y debe hacerse por el Presidente, Delegado o representante de la institución religiosa promovente.
En aquellos casos en que una institución religiosa no tenga representación en el territorio donde radica la vivienda de propiedad personal, en la que se pretende celebrar el culto religioso, el escrito se suscribe y se presenta por el representante nacional de la institución religiosa interesada.
 DE LA TRAMITACION DE LA SOLICITUD
Al recibir el escrito de solicitud de autorización para la celebración de cultos religiosos en viviendas de propiedad  personal, el funcionario facultado, abre une expediente por cada solicitud en el que se incluyen todos los documentos presentados por el promovente.
 Asimismo, en el expediente se deja constancia documental de todos los trámites realizados para verificar o comprobar la certeza de los datos aportados.
El expediente se folia consecutivamente y todos documentos que  llevan la firma del funcionario que lo emite. A los documentos que se reciben, sele anota la fecha y hora en que se reciben y se suscribe con la media firma del funcionario que los recibió
En todo caso se verifica la titularidad de la vivienda, y en su caso, el documento que justifique la posesión o tenencia de la tierra, si se trata de un inmueble situado en área rural.
Concluidos los tramites antes expresados, y siempre que se hayan cumplido los requisitos establecidos, la autoridad, dentro del término de 120 días posteriores a la recepción de la solicitud. La autorización contiene los particulares siguientes:
Nombres de la institución y denominación religiosa,
Dirección de la vivienda propiedad personal en la que se autoriza la celebración de los cultos religiosos y nombres y apellidos d su titular,
Nombres y apellidos del Pastor o del Auxiliar a cargo del culto,
Cantidad de personas que deben asistir a la celebración de los cultos.
Días y horarios en que se autoriza la celebración de los cultos,
Otros particulares que la autoridad actuante considere necesario dejar debidamente  fijados en la autorización,
Nombres y apellidos, cargo del funcionario que emite la autorización, su firma y cuño del Departamento de Asociaciones, en su caso, del Registro de Asociaciones,
Fecha en que se emite la autorización,
Visto bueno del Director Provincial de Justicia o del Municipio Especial Isla de la Juventud.
La entrega de la autorización se hace personalmente, al Presidente o Delegado o Representante de la institución  religiosa promovente.  En el acto de entrega el funcionario actuante apercibe al representante de la institución religiosa que el documento acreditativo de la autorización debe estar disponible en el momento para ser mostrado a las autoridades competentes.
Si la solicitud para la celebración de cultos religiosos en una vivienda propiedad personal fuera denegada, la institución religiosa puede presentar otra nueva solicitud para la celebración de cultos religiosos en una vivienda de propiedad personal diferente a la anterior, cumpliendo todos los requisitos y trámites que se establecen en la legislación establecida.
 DE LA SUPERVISION
Las autoridades facultadas para autorizar la celebración de cultos en viviendas de propiedad personal, están igualmente facultadas para supervisar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la autorización emitida y los demás dispuestos en las normas indicadas.
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos pudiera dar lugar a la suspensión temporal por el término no mayor a un año, o la cancelación definitiva del permiso emitido.
Cuando se cancele un permiso para la celebración de cultos en una vivienda de propiedad personal no puede solicitarse nuevamente respecto al mismo inmueble.
La decisión de la autoridad facultada de suspender o cancelar la autorización para la celebración de cultos en vivienda de propiedad personal se comunica al representante, delegado o presidente  de la institución  religiosa en el territorio, con un término de quince días hábiles de antelación a la fecha en que se hace efectiva, a fin que pueda adoptar las medidas pertinentes para su adecuado cumplimiento.
 DE LA ACTUALIZACION
Las instituciones religiosa a las que se haya autorizado la celebración de cultos en viviendas de propiedad personal con anterioridad al 22 de febrero del 2005, quedaron obligadas a cumplir con lo dispuesto por las normas vigentes, en el término de 180 días posteriores. De no haber presentado el trámite de actualización, dará lugar a la cancelación de la autorización antes emitida.
 Bibliografía a su disposición:
1.-Constitución de la República de Cuba
2.- Ley No. 54, Ley de Asociaciones
3.- Resolución No.            Reglamento de la Ley de Asociaciones,
4.- Resolución No. 43-2005, de 19 de febrero del 2005, del Ministro de Justicia, Procedimiento para la tramitación de solicitudes de reparación, ampliación e inicio de obra nueva en inmuebles de propiedad personal destinados a casa-culto.
5.- Resolución No. 44-2005, de 19 de febrero del 2005, Procedimiento sobre la Metodología para la realización de inscripciones a las asociaciones.
6.- Resolución No. 46-2005, de 22 de febrero del 2005, Procedimiento, Indicaciones para la solicitud, tramitación y autorización para celebrar cultos en viviendas de propiedad personal.





Utilizan el nombre de Dios y del Diablo para vender automóviles en el Super Bowl



Durante el Super Bowl, el nombre de Dios es utilizado para vender una camioneta de la marca Dodge mientras que la marca Mercedes-Benz se vale del Diablo para promocionar su nuevo automóvil CLA.Vea los videos aquí.
Estados Unidos| Por Nínro Ruíz Peña
(NoticiaCristiana.com).
Los anuncios de nuevos automóviles están casi siempre a la vanguardia de la publicidad. Millones de dólares son invertidos año con año por los fabricantes para revelar una nueva versión de un vehículo.
Durante el Super Bowl, el programa más visto de la televisión en los EE.UU., muchas de estas campañas se ponen a prueba con el público.
Es común que las empresas de publicidad que hacen las evaluaciones quieren saber si le gustó o disgustó un anuncio presentado.
El comercial de la marca de automóvil de Dodge, del Grupo Chrysler, tomó la frase: “Dios hizo al agricultor”, haciendo énfasis en los valores fundamentales de una cosmovisión cristiana, como la fe, la familia y el trabajo.
Alex McFarland, quien es director del Centro para la Cosmovisión Cristiana y Apologética de la Universidad del Norte en Greenville y analista de medios, dijo que el anuncio de dos minutos de la Dodge Ram, le provocó felicidad, porque utilizó un fragmento del fallecido locutor de radio Paul Harvey, quien habló una vez sobre el trabajo duro y los retos que enfrentan los agricultores y ganaderos cada día.
El texto comienza diciendo: “Y en el octavo día, Dios miró desde los cielos y dijo: ‘Necesito un cuidador. Así que Dios hizo un agricultor. Dios dijo: “Necesito a alguien dispuesto a levantarse antes del amanecer, y ordeñe las vacas, trabajé todo el día en el campo, cuidando a las vacas una vez más, la cena y luego vaya a la ciudad, y vaya tarde a una reunión de la junta de la escuela. Así que Dios hizo un agricultor”.
La otra propuesta, es un anuncio de la marca Mercedes-Benz, que busca vender un nuevo modelo conocido “CLA”. Durante una serie de 30 segundos se muestran los anuncios durante dos semanas. Siempre con un aire de misterio, una nube negra llega a un restaurante y pone a reproducir la canción: “Sympathy for the Devil” (Simpatía por el Diablo) del grupo los Rolling Stones.
Luego aparece el actor Willem Dafoe, encarnando al Diablo quien le hace una oferta a un hombre que está en una mesa del restaurante y que ha visto el anuncio. Dafoe, le da una pluma, para que firme un contrato a cambio de su alma y el hombre podrá obtener todo lo que quiere.
El supuesto Diablo, le muestra al hombre lo que puede desea así que este comienza a imaginarse que está caminando con la modelo Kate Upton, bailando con el rapero Usher, mujeres siguiéndolo, apareciendo en las revistas más famosas y por supuesto, conduciendo un Mercedes CLA.
Sin embargo, cuando el hombre se encuentra en el dilema de sucumbir si o no a la tentación y firmar el contrato se muestra que el automóvil está a un precio “bajo” y al consumidor le resulta mucho más fácil y más barato adquirirlo y darse el lujo que deseaba así que no firma.

viernes, 8 de febrero de 2013

Las camarillas en las iglesias (II)












Por Jaime Leygonier.

La Habana,  30 de Enero del 2013.- Traté en la primera parte de las camarillas de iglesias, antiguo mal humanamente inevitable, espiritualmente destructivo y que políticamente es aprovechado  por la Seguridad del Estado para dividir, penetrar y controlar desde arriba a las iglesias.
Ya mencioné algo sobre las iglesias  evangélicas y la aconfesional Gran Logia masónica, ahora testimoniaré sobre mi experiencia en la Iglesia Católica.
En cada comunidad tres o cuatro señoras compiten por ser indispensables al padre cura, ser las que figuren en todo acto, las que manden en nombre del cura; en comunidades más numerosas y complejas son más y se enfrentan varias camarillas.
Las conozco aduladoras y humildes con el cura, durante el culto mano en pecho con ojos en alto como las imágenes de La Inmaculada,  y al mandar a los hermanos de la comunidad: orgullo, ordinariez, negación de saludo, declaraciones ignorantes inventando dogmas. Su hambre de cargos es ansiosa.
En iglesias donde no conozco a nadie me es fácil identificarlas porque hablan en voz alta en el templo, irrespetando el silencio, pavoneándose, suben al presbiterio o pasan ante el Sagrario y el altar sin la reverencia de ritual.
Verdaderamente se matan trabajando, y  gustan de alabarse de lo mucho que hacen y de que lo hacen solas; y  su soledad obedece a que los que desearían ayudar se alejan por la forma impropia de las órdenes, o a que desean estar solas para tener todo el mérito para sí  y que "el padre" vea como se sacrifican.
En casi todas concurren cierta edad de cambios fisiológicos e insatisfacción marital por la enfermedad, vejez o ausencia del marido. Y suelen ser de pocas luces e intransigencia.
Conozco a dos muy agrias; una de ellas padece evidentemente de personalidad bipolar. Ambas fueron comunistas y se convirtieron, pero "nacer de nuevo" es difícil.
Donde mandan ese tipo de mujeres los hombres nos hacemos a un lado y, si no, nos empujan a un rincón. Distribuyen las lecturas de la Palabra y prefieren que en la misa se omita una lectura a invitar a leer a otra persona ajena a la camarilla y que pudiera hacerles sombra.
Se celan entre sí, sabotean el trabajo de la otra para hacerla quedar mal y su sustituto de la manzana envenenada es la maledicencia y los desplantes entre mujeres. Su cielo es una palabra de aprobación del sacerdote, su infierno que otra persona desempeñe con éxito alguna labor.
Este tipo de persona y problema existe en todo el mundo, pero en Cuba -además del control policiaco mencionado- la enajenación social aporta la peculiaridad de una falta de alicientes y disfrutes en la vida que pueden incentivar en el l frustrado la ambicionar de  reinar sobre una micro-sociedad.
Compadezco a los sacerdotes que tienen que manejar esas situaciones. El mal cobra fuerza si les falta carácter, dan oídos a chismes, gustan de adulaciones, o si por atender varias comunidades o no querer ocuparse de sus deberes existe un vacío de autoridad, entonces se cumple la regla social de que cuando hay vacío o debilidad del poder central inevitablemente ocurrirá guerra por ocuparlo.
De cierto cura pensé que por algún complejo elegía rodearse de y colocar en cargos a personas de pobre inteligencia y mala educación;  una segunda mirada me hace pensar que ¡no tiene donde escoger!: Ellas le hacen el trabajo de la comunidad a la par que le espantan a las personas capaces que sí serian aptas para los cargos.
El pastor, como todo jefe, delega sus funciones en subordinados, pero debe fiscalizarlos para comprobar cómo cumplen, y obviar ese deber alegando exceso de trabajo, o por negligencia -o desentenderse de los problemas por no buscarse pendencias con quienes le sacan el trabajo- es destructivo para la comunidad.
No basta cerrar los ojos a este cáncer, cuando los abra el problema continuará allí y engordando.
Para el sacerdote, aislarse y conocer lo que ocurre en su comunidad a través de unas pocas elegidas de su confianza, significa el triunfo de la camarilla o de alguna diva, y el desprestigio de su autoridad sacerdotal, porque la usurpan y reinan en nombre de él estas intermediarias.
Debe elegir a sus subordinados y no que estos se le impongan empujando a los demás. Queda al creyente:
Paciencia, tragar buches amargos; a veces es inevitable marcharse, pero irse disgustado para otra comunidad es una perdida el tiempo porque "en todas partes cuecen habas".
Procurar relacionarse con Dios mirando por arriba de miserias humanas inevitables, combatir el mal hablándolo con el pastor y hasta con los de la camarilla, con franqueza ruda (no sirven insinuaciones) sin dejarse avasallar por ellos, pues somos libres en Cristo, pero sin caer en su misma guerra de murmuraciones.
Les es difícil entender en Mateos 9; 35: «Si uno quiere ser el primero sea el último de todos y el servidor de todos.» También somos humanos falibles a quienes nos es difícil ser humildes al lidiar en desventaja con estas vedettes de iglesia que nos ponen de últimos.

El pastor contra los lobos.



 CORRALILLO, Cuba, febrero, 2013 www.cubanet.org -La violencia política y la presencia de las fuerzas represivas en el panorama cubano empañaron el pasado mes, una vez más, la obra cristiana del pastor evangelista Rolando Ramón Felipe, quien, en homenaje al Día de Reyes, intentó organizar para los niños una pequeña fiesta en el parque del poblado del central azucarero José René Riquelme, municipio de Quemado de Güines, provincia de Villa Clara.
Después de trabajar durante más de tres meses dentro de toda la agrupación cristiana y no cristiana de su comunidad, Ramón Felipe había logrado recaudar los fondos necesarios para aquella pequeña actividad que quería dar como sorpresa a los niños en su día. Reunió juguetes, confituras, piñatas. También convocó a varios artistas cristianos y no cristianos de algunas localidades cercanas para que animaran la fiesta.
Sin embargo, en el corazón mismo del poblado azucarero, y delante de una enorme cantidad de público que se reunió allí para ver a los payasos, los juegos y los niños disfrazados, recibió la primera advertencia de quienes, con odio y quizás con envidia, comenzarían a acosarlo dentro de la propia actividad cristiana.
Cuando se percataron de que el pastor continuaba con sus niños y su fiesta, sin hacer ni un ápice de caso a la agresiva advertencia de que “recogiera los bártulos y se perdiera de allí con todas aquellas payasadas…”, apareció entonces la policía con su aparatoso equipamiento para meter miedo.
Los colores, olores, sabores y sonidos que tanta viveza, alegría y colorido estaban aportando a la comunidad allí reunida y a la gran cantidad de niños que habían acudido, fueron escapándose del lugar, como si aquello se hubiera convertido de pronto en un campo listo para la batalla. Los niños, al ver a los agentes de la Seguridad del Estado con sus caras roñosas, se fueron retirando de la mano de sus madres.
La presencia de las fuerzas gubernamentales no fue recibida con vítores, sino con miedo, espanto. Y también con el acostumbrado comadreo entre los pobladores, sobre la forma inhumana en que terminaron llevándose al pastor Ramón Felipe, a paso forzado, para el cuartucho de la unidad de la PNR, para que mostrara –si es que lo tenía- la autorización del gobierno para realizar aquella fiesta, que era de Dios y no del gobierno.
La compañía de artistas y observadores no abandonaron al pastor, como lógicamente hicieron algunos niños con sus madres, sino que salieron, como no esperaban los pejes gordos, a paso cerrado y en forma de una procesión, detrás de Ramón Felipe, en un apoyo solidario, e identificándose totalmente con su causa cristiana y festiva.
Según el cotilleo del público, los represores le gritaban al pastor que él no era ningún líder, y que ellos sí sabían lo que él se traía entre manos, pues ya estaban cansados de verlo montando esas “escenitas cristianas” cada vez que le convenía hacerlos quedar mal.
La música y la algarabía cesaron. Y en muy corto espacio de tiempo el parque pasó a ser un campo de desolación dentro del pueblo. Mucho más cuando Juana Esther Rodríguez, madre de uno de los niños que actuaba, tuvo que salir urgente para el Cuerpo de Guardia del policlínico con su hijo, aún disfrazado de Melchor, porque en la carrera de huida atemorizada que hizo se cayó y hubo que coserle una herida en la rodilla.
Más de tres horas mantuvieron encerrado al pastor, acosándolo a preguntas, chantajes y amenazas. Ahora Ramón Felipe ha redactado un manuscrito dirigido al gobierno de La Habana, planteando la queja y el ultraje social y psicológico al que fue expuesto como representante de su iglesia, delante de los niños y familiares que lo acompañaban ese día en la celebración. Veremos qué le responden desde el gobierno, si es que le responden.
*Poetisa, Narradora y Artista Independiente de la Plástica. Su obra La Hija del Agua (Relato, Editorial Capiro) marcó su carrera literaria. Autora de libros como Ana de mis amores (Edición AtomPress), Mujeres Raras (Edición AtomPress). Así como La Hija del Agua en Atom Press, Estados Unidos. Textos como Ojalá te llamaras María, Estoy loca por ti, Es bueno decir te quiero, Toma café conmigo, El día que voló la amapola y La Plegaria de la Yerbabuena se encuentran inéditos. Premios y Menciones en diferentes Talleres Literarios municipales y provinciales, y en diferentes concursos literarios. Ha publicado textos en diferentes periódicos y revistas nacionales y extranjeros. Ha realizado diferentes exposiciones de sus obras plásticas. Actualmente se encuentra escribiendo un libro titulado Los Gatos de la Noche, novela corta, muy contemporánea.

miércoles, 6 de febrero de 2013

DIVINO OASIS












Por: Pr Manuel A Morejón Soler El Vedado, La Habana.

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 Cruzando el árido desierto voy,
De la vida en su rudo batallar,
Fervoroso prosigo con acierto
Hacia el Reino de gozo singular.

Espejismo falaz ya se levanta
Excitando mí sed abrasadora,
Más de Dios el Oasis se abrillanta
Con el Agua que anima y corrobora.

De la Fuente que salta eternamente,
Produciendo ese gozo inigualable.
La que imparte la vida verdadera
La que hace la existencia placentera
Con su alcance eficaz y permanente,
En el viaje a la patria duradera.

No te impacientes a causa de los malignos, ni tengas envidia de los que hacen iniquidad.
Porque como hierba serán pronto cortados y como la hierba verde se secarán.
Salmo 37:2

Cuando la gente justa sufre una desgracia y ve al mismo tiempo que muchas personas malas prosperan y viven felices, se pregunta dolorosamente si es verdad que Dios gobierna el mundo con justicia.

Este poema, lo mismo que el libro de Job y que los salmos 37 y 73, tratan de responder a este inquietante problema.

Dos argumentos profundos fluyen en estos libros: la prosperidad de los impíos, dejando a la gente fiel preguntándose por qué tienen que preocuparse por ser buenos, porque la riqueza del impío parece ser tan tentadora que hasta quizás los fieles quieran estar en su lugar. No obstante, estos dos temas finalizan de una manera sorprendente ya que la riqueza del impío pierde de repente su poder en el momento de la muerte y las recompensas del bueno sin pensarlo adquieren un valor eterno. Lo que parecía riqueza, ahora es desperdicio, y lo que parecía no valer la pena, ahora perdura para siempre.

No desee ocupar el lugar de los impíos para obtener su riqueza. Algún día ellos desearán tener el suyo y poseer su riqueza eterna.

Guarda silencio ante Jehová, y espera en él. No te alteres con motivo del que prospera en su camino, por el hombre que hace maldades.
Deja la ira y desecha el enojo, no te excites en manera alguna a hacer lo malo. Porque los malignos serán destruidos, pero los que esperan en Jehová, heredarán la Tierra.
(Salmo 37:8-9)





¿QUE ES FORNICACION?

En general: Fornicación es una palabra muy amplia que abarca
cualquier inmoralidad sexual, incluyendo el
adulterio y los actos pornográficos. La palabra
griega porneia, de la que se deriva pornografía, a menudo
se traduce en la Biblia como “fornicación”.
Específicamente: Fornicación es el acto sexual entre un soltero y otra
persona.
Espiritualmente: Fornicación puede usarse en forma metafórica para
referirse a la mezcla de la idolatría pagana con
el cristianismo.
Huid de la fornicación. Cualquier otro pecado que el hombre
cometa, está fuera del cuerpo; mas el que fornica,
contra su propio cuerpo peca”.
(1 Corintios 6:18)
PREGUNTA: “¿CÓMO SABER SI DEBO VOLVER A CASARME CONMI EX MARIDO? ÉL TUVO MUCHAS RELACIONES ADÚLTERAS MIENTRAS ESTUVIMOS CASADOS, PERO AHORA QUIERE VOLVER CONMIGO”.

RESPUESTA: ¿Qué le hace pensar que puede confiar en él ahora, cuando no pudo confiar en él en el pasado? El pasado predice el futuro. A menos que algo drástico
suceda, los patrones negativos rara vez cambian.
Ciertamente el Señor puede cambiar a cualquier persona que esté dispuesta a entregarle el control total de su vida. Dios desea la reconciliación, pero se necesitan dos personas para lograrla. Hasta que ustedesté totalmente convencida tanto por las como por las acciones de su esposo de que en efecto ha cambiado, no le abra las puertas de su casa, ni le permita que vea a sus hijos, ni que vuelva a entrar a
su corazón o a su recámara. Usted necesita razones de peso para creer que él es una persona confiable y que está dispuesto y listo para cumplir su compromiso matrimonial.

Hay algunos indicadores clave que pueden ayudarle a reconocer si su esposo
ha cambiado en realidad:
¿Acepta la responsabilidad de su comportamiento?
¿En verdad se ha arrepentido?
¿Ha buscado ayuda profesional para entender su conducta infiel?
¿Está firmemente decidido a cumplir con el voto matrimonial?
¿Le muestra respeto a usted aunque usted no esté convencida?
¿Le muestra consideración en forma consistente?
¿Le ama a usted sacrificialmente, no sólo física o emocionalmente?

Vosotros, maridos, igualmente, vivid con ellas sabiamente, dando honor a la mujer
como a vaso más frágil, y como a coherederas de la gracia de la vida, para que vuestrasoraciones no tengan estorbo.” (1 Pedro 3:7)

II. CARACTERÍSTICAS DE UNA PERSONA ADÚLTERA
Volvamos a la historia de David y Betsabé. El embarazo de Betsabé fue un asunto muy delicado. Puesto que su marido estaba en la guerra, la gente pronto vería que había tenido relaciones sexuales con otro hombre. La ley del Antiguo Testamento castigaba el adulterio con la muerte (Levítico 20:10). Por tanto, lo primero que trató de hacer el rey David fue esconder su pecado. Para ello, llamó al marido para que regresara a casa del campo de batalla. Cuando llegó, lo invitó a cenar y a beber en su palacio y después lo envió a su casa para que estuviera con su mujer.

Pero Urías era un hombre cabal. Mientras que su comandante y sus compañeros de milicia estuvieran peleando en la guerra, él no iría a su casa para disfrutar de la compañía de su esposa. Más bien, se durmió a la entrada del palacio con los otros sirvientes. Durante tres días David trató de convencerlo de que fuera a casa, pero la pero la decisión de Urías se mantuvo inconmovible. Finalmente David le envió de regreso al campo de batalla llevando una carta para el comandante que decía:“Poned a Urías al frente, en lo más recio de la batalla, y retiraos de él, para que sea herido y muera”. (2 Samuel 11:15)

CAYENDO EN TENTACIÓN (Continuará)

martes, 5 de febrero de 2013

Las camarillas en las iglesias.



La Habana,  30 de Enero del 2013.- El Maligno no tiene que esforzarse en los expendios de ron o en el Gobierno porque allí  la gente se condena sola, pero  trabaja arduamente en las iglesias:
Cuando Cristo fundó su Iglesia, el Diablo inmediatamente creó las camarillas de sacristía que se disputan el poder. Tienta a todos, como a Cristo, ofreciéndonos mandar al Mundo.
Mal antiguo narrado en Hechos de los Apóstoles, del que ninguna iglesia puede declararse libre, solamente tendrá remedio cuando regrese el Señor a buscar a los suyos.
Mal que será más destructivo en la medida en que el pastor le permita apoderarse de su comunidad, al desentenderse de los problemas o no saber desalentar chismes, intrigas y adulaciones.
En las comunidades católicas cierto número de señoras devotas disputan por gobernarlas o simplemente por figurar, a veces el único premio al que aspiran es distinguirse en esa esfera social y echar discursos, para compensar frustraciones privadas.
En las evangélicas (y en ciertas asociaciones caritativas católicas) hay premios más suculentos -donativos de ropa, viajes al extranjero, manejo de donaciones en dólares- y los ministerios son acaparados por codiciosos o distribuidos por el pastor entre su esposa, hijos e instrumentos peleles.
"Pueblo pequeño infierno grande"; no importa que el mando y los honores en disputa parezcan ridículos, la diferencia con una corte medieval es que no se asesina con puñal o veneno sino que se envenena con calumnia, se intriga y hacen desplantes al contrincante para que se marche; la asesinada es la paz y fraternidad que deberían reinar.
Incluso muchas de éstas  personas no son malas, sino ignorantes que se creen súper-cristianos  y que ambicionando pompas y glorias se irán derechito al cielo, mientras sirven de piedras de tropiezo a todos.
La omnipresente policía política aprovecha estos métodos para dividir y colocar en la dirección de las iglesias a sus delatores, títeres y -en casos de autoridad importante- a sus agentes. Procura reclutar desde la devota anciana chivata, a quien encarga vigilar o calumniar al disidente político, hasta a pastores y, ¿por qué no?, ¡tanto mejor!, obispos.
Un ejemplo de esta labor es la parroquia de La Medalla Milagrosa, regida por señoras comunistas (conversas, pero no tanto como para dejar de militar en el Partido y no participar, como participaron cuatro, en un mitin contra las Damas de Blanco) ellas son las manos, ojos y oídos del párroco.
En otras comunidades y asociaciones católicas, las comunistas, educadas para el activismo social, la burocracia  y el arribismo, ocupan posiciones de dirigencia, con adaptar un tanto el discurso. Y no faltan conversas sinceras, pero  dañan sus métodos y hábitos de pensamiento.
Para controlar a una asociación, siempre la policía política procura controlar a la dirección de ésta: Son los que mandan y es más fácil espiar y chantajear o tener como agentes a un grupo que a todos los miembros de la asociación.
Las camarillas suelen ser inestables, sus miembros chocan por el mando, y por gusto, dado lo nocivo de sus personalidades, salvo que un líder se alce con el poder absoluto, lo cual puede ser un síntoma de control por la Seguridad del Estado, que logra que su elegido sea líder indiscutible al convertirlo en dispensador de favores y prebendas para los demás.
Collera Vento honrado por lo masones cubanos 
El éxito fue devastador  en la masonería con la colocación como Gran Maestro dictatorial del agente José Manuel Collera Vento, quien corrompió la asociación y hasta para reparaciones del Gran Templo Nacional Masónico negoció contratos por grandes sumas con el Estado, de quien era sirviente.
En la Convención Bautista de Cuba Occidental, en el 2012, los dirigentes ejecutivos procuraron reformar la legislación que rige a esa confederación de iglesias para abolir lo que sobrevive de autonomía de cada iglesia y de la Asamblea, para legalizar su dictadura.
No tuvieron éxito ante la Asamblea -tal vez alertada por denuncia periodística del reverendo José Carlos Pérez y de quien escribe-  pero, pese al escandaloso intento de "golpe de estado", la Asamblea los ratificó en sus puestos. Ya volverán a la carga y, entre tanto, ejecutan en la práctica gran parte de lo que no lograron legalizar.
Allí y en la Masonería existen desde hace mucho acuerdos en la cúpula con listados de quienes van a turnarse en la dirección durante los próximos diez años -en la Masonería lo hacían bajo cuerda hasta 1999 en que lo oficializaron, el agente Collera Vento asumió el máximo cargo en el año 2000 y pese a su reciente expulsión por traidor y fomentar la irregularidad podría regresar en el 2014.
Similar reforma de los Estatutos ocurrió en la Masonería para fortalecer el poder ejecutivo pocos años antes de otorgárselo al traidor Collera Vento. Y en las iglesias, obispos y autoridades religiosas funcionan como represores del pensamiento y la disidencia, haciéndole el trabajo a la Seguridad del Estado.
Ejemplo, la represión del reverendo Yordi A. Toranzo por el obispo metodista de Cuba, Pereira -Algún día saldrá a la luz  cuántas autoridades de otras iglesias están en la nómina de la Seguridad del Estado o son sus asustados instrumentos.
Hoy, sus actuaciones en la propaganda política del Régimen permiten sospechar de algunos, particularmente de los obispos católicos  Monseñor Carlos Manuel de Céspedes y Monseñor Jaime Ortega, cuyo reiterado obrar impide otorgarles el beneficio de la duda razonable.
Las denominaciones y las caras varían, el discurso es gemelo:
Ambigüedad, argumentación de que salvan a la iglesia de la política porque debe ser apolítica y de que obtienen del Gobierno "espacio para evangelizar" -justificando así  que "la salvan" arrastrándola a servir la política del Gobierno- y ninguna solidaridad con "los que sufren por hambre y sed de justicia".
Desde Dioclesiano a Adolfo Hitler (y no iba a ser diferente bajo los Castro) ningún apostata dijo jamás: "Voy a apostatar por miedo o conveniencia" sino "Hay que ser realista: No podemos hacer otra cosa para que el poder no extinga a la Iglesia".

EL CONOCIMIENTO











Por: Pr Manuel A Morejón Soler El Vedado, La Habana.

El conocimiento lo podemos alcanzar de dos modos: como un regalo de JHVH y a través de una búsqueda activa de este. El punto de partida del conocimiento es JHVH y su Palabra revelada, la fuente de "el conocimiento y la inteligencia" (Proverbio 2.6). En ese sentido, el conocimiento es su regalo para nosotros. Pero únicamente se le otorga a quien con sinceridad lo busca. El conocimiento de JHVH está escondido de los rebeldes y necios y exige un esfuerzo para encontrarlo y usarlo. La senda hacia el conocimiento es difícil. Cuando estamos en el, descubrimos que el verdadero conocimiento es el de JHVH y que El nos guiará y recompensará nuestra búsqueda sincera y persistente.

La necedad de Israel.                                                                                                                            
El buey reconoce a su dueño y el asno el establo de su amo; pero Israel, mi propio pueblo, no reconoce ni tiene entendimiento." (Isaías 1:3) 
El ambiente de la época en la que profetizó Isaías la sociedad sufría grandes trastornos e Isaías procuró en vano ayudar al rey Acaz en lo peor de su crisis a fin de que confiara en JHVH (Isaías. 7.1–12), pero este rey infiel prefirió apelar a Asiria en busca de apoyo, asimismo el pueblo perdió el entendimiento, la sabiduría y la visión de JHVH volviéndose idólatra hasta el extremo en que llegó sacrificar a niños.
La necedad del pueblo cubano.                                                                                                        
La condena y maldición del profeta cobra una gran vigencia hoy para nosotros, pues nuestro pueblo vive esta misma realidad y con un agravante: esa condena no es sólo para los gobernantes, ésa misma vale para quienes miramos impávidos el engaño de nuestros hermanos y hermanas sin que ello afecte para nada nuestro compromiso cristiano y nuestra vocación a la justicia.
 ¿Quiénes son tus héroes?                                                                                                                
¿Son tus héroes los que desafían a JHVH o los que desafían al mundo para servir a JHVH?
Por tanto, mi pueblo fue llevado cautivo, porque no tuvo conocimiento. ( Isaías 5:13)