El
Proyecto de Ley de Cultos y Asociaciones Religiosas surgió por un
propósito Divino y como una necesidad para el pueblo de Cuba puesta
en el corazón de pastores y siervos de diferentes confesiones
religiosas que funcionan de forma legal y otras sin amparo jurídico,
ya que en la República de Cuba en materia de libertad religiosa no
existe ninguna Ley al efecto.
Los
motivos que dieron origen a este proyecto fueron las restricciones en
materia de libertad religiosa y la posibilidad de solicitar, a través
de propuestas, cambios en las leyes que garanticen y respeten una Ley
de separación de las instituciones religiosas del Estado y la
promulgación en forma de una Ley de Cultos y Asociaciones Religiosas
donde se establezcan las disposiciones siguientes:
- El derecho a la libertad de conciencia y de culto religioso.
- El derecho a la libertad de organización de las distintas confesiones.
- El derecho al no reconocimiento de una sola religión oficial.
- El derecho a la igualdad jurídica.
- El derecho a la libertad de manifestación de las confesiones religiosas en el ámbito público.
- El derecho a la libertad de la enseñanza religiosa.
- El derecho a la colaboración y cooperación: Estado- Iglesia –Sociedad.
- El derecho a la propiedad.
- El derecho al servicio religioso en los centros penitenciarios.
¿CÓMO
PODEMOS ALCANZAR ESTE PROPÓSITO?
Solamente
cuando alcancemos conciencia de la unidad en la diversidad y que
divididos nunca alcanzaremos el potencial necesario para que seamos
reconocidos legalmente por las autoridades, no obstante a que en Cuba
en materia de libertad religiosa no existe una Ley de Cultos y
Asociaciones Religiosas, seguiremos sin derecho alguno avasallados
injustamente por las autoridades.
Estratégicamente
tenemos que apoyarnos en el Artículo 8 de nuestra Constitución y
exhortar a cuanto ciudadano cívico se pueda, para alcanzar uno
cifra no menor a las diez mil firmas, para presentarlas en nuestro
Parlamento tal como lo exige la Ley para promulgarla y tener un digno
amparo jurídico.
No |
NOMBRE Y APELLIDOS
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CANET DE IDENTIDAD |
FIRMA
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